14 de diciembre de 2020
Derecho de los padres a escoger la educación.
Esta nueva ley ha generado un gran debate mediático especialmente sobre los temas concernientes a la supresión en la disposición adicional trigésima octava de la siguiente frase: “El castellano es la lengua vehicular de la enseñanza”, o la generalización del concepto de escuela inclusiva que algunos ven como primer paso para la desaparición de las escuelas de educación especial, e incluso con un enfoque más alarmista a la “posible extinción de la escuela concertada”.
En una publicación en este mismo diario ya manifesté mi opinión sobre esta ley y todas las anteriores. Si me apuran, sirve incluso para las próximas que se vayan aprobando.
Esta nueva ley ha generado un gran debate mediático especialmente sobre los temas concernientes a la supresión en la disposición adicional trigésima octava de la siguiente frase: “El castellano es la lengua vehicular de la enseñanza”, o la generalización del concepto de escuela inclusiva que algunos ven como primer paso para la desaparición de las escuelas de educación especial, e incluso con un enfoque más alarmista a la “posible extinción de la escuela concertada”.
Remarcando la preocupación y la utilización ideológica que se pueda hacer sobre la supresión en el articulado legal del castellano como lengua vehicular, del error de no configurar una ley consensuada por mayorías amplias parlamentarias y por los agentes de la comunidad educativa, en esta reflexión quiero remarcar un aspecto que parece que pasa desapercibido por la mayoría de los ciudadanos.
Me refiero a la premisa mayor. La responsabilidad, derecho y deber que tienen los padres o tutores legales en escoger, diseñar, evaluar y controlar la educación de sus hijos. Y la responsabilidad que tenemos los ciudadanos en el control de los fondos económicos destinados a prestar servicios públicos en el ámbito educativo.
Y no, no me estoy refiriendo al artículo 27.3 de la Constitución Española que afirma: “Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.
Madrid se adelanta a cualquier cambio de la norma en el Senado.
Ayuso está dispuesta a maniobrar y a utilizar todos los resquicios legales posibles para evitar la aplicación de la ley Celaá. Ahora dispone del aval jurídico de la Lomce, la ley educativa vigente por pocos días, que establece un límite mínimo de seis años para los conciertos en la etapa de Educación Primaria y de cuatro para Secundaria, pero da margen a las autonomías para ampliarlo. Madrid ya lo igualó a seis años para todas las etapas educativas y ahora pretende dar larga vida a los conciertos ampliándolos a diez. La ley Celaá no ha introducido en el Congreso ningún cambio en la duración de los conciertos, con lo que la nueva ley sigue dando margen a Díaz Ayuso para ampliaciones.
Pero aún daría tiempo al Gobierno a hacer modificaciones de última hora vía enmienda en el Senado ante el reto de Ayuso. La cuestión es que el PSOE ha decidido no introducir cambio alguno en la Lomloe a su paso por la Cámara Alta para así cortar trámites y que quede aprobada definitivamente el próximo día 23. De hacerlas, la ley tendría que volver al Congreso para ser ratificada, con lo que su aprobación definitiva se alargaría hasta el mes de febrero y daría más oxígeno y tiempo a las protestas de la «marea naranja» que ha puesto en marcha la plataforma Más Plurales, y que ha unido, por primera vez, a todas las concertadas (sindicatos, patronales, padres…). De hecho, hoy está previsto que haya una nueva protesta ante el Senado en la que se hará entrega del total de firmas que se han recopilado en contra de la ley impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez que considera que asfixia su modelo educativo y aboca a su desaparición en algunas comunidades autónomas. LARAZON
17 de diciembre de 2020
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