Os adjuntamos las principales normas aprobadas y publicadas en Enero de 2021.
Junto a la Ley Orgánica 3/2020 por la que se modifica la Ley de Educación, hemos considerado de interés y entre otros, el R.D. 2/2021 que adopta medidas sociales y establece para el año 2021, de manera excepcional, la posibilidad de que los órganos de administración o consejos rectores puedan reunirse por videoconferencia o conferencia telefónica múltiple, pudiendo adoptar los acuerdos por votación escrita aunque los Estatutos no lo dispongan, así como disposiciones sobre ERTES, Prestaciones y Plan MECUIDA.
LEY ORGÁNICA 3/2020, DE 29 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY ORGÁNICA 2/2006, DE 3 DE MAYO, DE EDUCACIÓN.
Se establecen novedades en materia de ordenación de currículos, admisión de alumnos, evaluación, conciertos educativos, educación diferenciada y educación especial, y enseñanza en español.
BOE núm. 340, de 30 de diciembre de 2020. Entró en vigor a los 20 días de su publicación. Leer
Deroga la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre para la mejora de la calidad educativa, y el Real Decreto-Ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
Modifica la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; la Ley Orgánica 5/2002 de 19 de junio de las Cualificaciones y de la Formación Profesional; y la Ley Orgánica 3/ 2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
REAL DECRETO-LEY 2/2021, DE 26 DE ENERO, DE REFUERZO Y CONSOLIDACIÓN DE MEDIDAS SOCIALES EN DEFENSA DEL EMPLEO.
Las sesiones de los órganos de administración de las asociaciones, de las sociedades civiles y mercantiles y del consejo rector de las sociedades cooperativas podrán celebrarse por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple, siempre que todos los miembros del órgano dispongan de los medios necesarios de manera excepcional durante el año 2021.
Los acuerdos podrán adoptarse mediante votación por escrito, aunque los estatutos no lo hubieran previsto.
Se amplían los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTES) desde el 1 de febrero hasta el 31 de mayo, se refuerzan las ayudas a los trabajadores autónomos hasta el 31 de mayo, y se establece una nueva prórroga de los contratos y moratoria de las rentas de alquiler de vivienda.
BOE núm. 23, de 27 de enero de 2021. En vigor desde el día siguiente al de su publicación. Leer
Los ERTE basados en causas Económicas, Técnicas, Organizativas y de Producción (ETOP) se podrán seguir beneficiando tanto de la simplificación de trámites prevista en el artículo 23 del Real Decreto-ley 8/2020 como de la posibilidad, inexistente en su regulación ordinaria, de tramitar una prórroga simplemente presentando ante la autoridad laboral un acuerdo en tal sentido con la representación unitaria o sindical.
Los ERTE por impedimento o limitación, autorizado antes o durante la vigencia de esta norma, no tendrán que solicitar y tramitar un nuevo expediente ante la autoridad laboral para pasar de uno a otro y acceder a las exoneraciones derivadas de una modulación de las restricciones sanitarias que les hagan situarse en impedimento de actividad desde una limitación a esta, o viceversa.
Mantenimiento del empleo, en los términos en los que lo recogía el Real Decreto-ley 30/2020, de forma que las empresas que se acojan a las ayudas deberán mantener su plantilla un nuevo periodo de 6 meses de duración.
Se mantienen los límites al reparto de dividendos y la transparencia fiscal, los límites a la realización de horas extraordinarias y externalizaciones de la actividad, la prohibición del despido y la interrupción de los contratos temporales.
Prestaciones: Continuarán aplicándose la exención del periodo de carencia, el contador a cero, el aumento del 50% al 70% del porcentaje de cálculo de la base reguladora para quienes hayan consumido 180 días de prestación, los beneficios aplicables a las personas trabajadoras fijas discontinuas (incluyendo la prestación extraordinaria), y la mejora de protección de las personas afectadas por ERTE con contrato a tiempo parcial.
Plan MECUIDA: derecho a flexibilizar la jornada laboral para ejercer el cuidado de las personas dependientes.
REAL DECRETO-LEY 1/2021, DE 19 DE ENERO, DE PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS FRENTE A SITUACIONES DE VULNERABILIDAD SOCIAL Y ECONÓMICA.
Especifica el concepto de “consumidor” y” usuario” e introduce el de persona “consumidora vulnerable” a los efectos de esta ley y sin perjuicio de la normativa sectorial que en cada caso resulte de aplicación, señalando que tienen la consideración de personas consumidoras vulnerables respecto de relaciones concretas de consumo, aquellas personas físicas que, de forma individual o colectiva, por sus características, necesidades o circunstancias personales, económicas, educativas o sociales, se encuentran, aunque sea territorial, sectorial o temporalmente, en una especial situación de subordinación, indefensión o desprotección que les impide el ejercicio de sus derechos como personas consumidoras en condiciones de igualdad.
BOE núm. 17, de 20 de enero de 2020. En vigor desde el día siguiente al de su publicación. Leer
Modifica el apartado 2 de la disposición final primera del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias; el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19; y la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y económico.
Establece un complemento para reducir la brecha de género en las pensiones vinculado a la maternidad y paternidad, que sustituye al actual complemento de maternidad que perciben las mujeres con dos hijos. Su finalidad es reducir al 5% la brecha de género en las pensiones, que se sitúa en torno al 30%.
El nuevo complemento podrán solicitarlo tanto los hombres como las mujeres, siempre y cuando acrediten que han perdido ingresos. Además, se podrá solicitar a partir del primer hijo.
Medidas para facilitar el acceso al Ingreso Mínimo Vital (IMV) a las personas sin hogar y a otros colectivos vulnerables
reconoce el COVID-19 como enfermedad profesional a aquellos trabajadores sanitarios y sociosanitarios que han contraído el virus en el ejercicio de su profesión
hasta el 30 de marzo de este año, los hogares, trabajadores autónomos vulnerables y empresas de los sectores del turismo y el transporte podrán solicitar el aplazamiento, hasta un total de nueve meses, del pago del principal y los intereses de sus préstamos con y sin garantía hipotecaria.
BOE núm. 29, de 3 de febrero de 2020. En vigor desde el día siguiente al de su publicación. Leer
Real Decreto-ley 39/2020, de 29 de diciembre, de medidas financieras de apoyo social y económico y de cumplimiento de la ejecución de sentencias.
Se declara exento del IRPF el ingreso mínimo vital en las mismas condiciones que el resto de las prestaciones monetarias públicas de carácter social; y se recogen las medidas para dar adecuado y urgente cumplimiento a la sentencia 1404/2020 del Tribunal Supremo que es de obligada ejecución en plazo.
BOE núm. 340, de 30 de diciembre de 2020. En vigor desde el mismo día de su publicación. Leer
Modifica la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, y la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.